Implemente su Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo SG.SST

por | Feb 5, 2019 | Sabía usted

 

Conozca el funcionamiento y fechas de cumplimiento del Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo descritas en la Resolución 1111 de 2017 y evite multas hasta de 1000 SMMLV por el incumplimiento de normas de acuerdo con el Decreto 472 de 2015.

EL ÉXITO DE UN SISTEMA DE GESTIÓN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS EMPRESAS 

El éxito o fracaso de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo implica un compromiso no solo de la Alta Dirección sino de todos los miembros de la organización, se trata realmente de entender la importancia que representa la prevención de accidentes y enfermedades laborales en la organización.

Adicionalmente, los líderes que asumen el direccionamiento del SG-SST cumplen un papel fundamental en fomentar la toma de conciencia para aquellos Gerentes que desconocen la importancia de lo que representa este proceso sistemático basado en la mejora continua, abarcando desde el cumplimiento legal hasta la rentabilidad que puede lograrse con la gestión integral de riesgos y promoción de la salud, particularmente al disminuir costos por ausentismo, rotación del personal y garantizando altos índices de motivación y productividad de los trabajadores.

El éxito de un Sistema de Gestión dependerá del cumplimiento y funcionamiento de cada una de las Fases descritas en la Resolución 1111 de 2017.  La meta del Ministerio de Trabajo es que todas las empresas tangan en funcionamiento su SG.SST a diciembre de 2020. Y para ello se establecieron las siguientes fases:

  1. Fase de evaluación inicial (junio – agosto de 2017). Inicialmente de deberá realizar una autoevaluación e identificación de prioridades y necesidades en SST.
  2. Plan de mejoramiento (septiembre – diciembre de 2017). De acuerdo con los resultados de la evaluación inicial, se diseñará el Plan Básico legal del Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo (septiembre a diciembre de 2017)
  3. Ejecución del SG-SST (enero – diciembre de 2018). Hace referencia a la puesta en marcha del SG.SST en coherencia con la autoevaluación inicial y se establecerá el plan de trabajo anual (identificación, intervención y monitoreo de los factores de riesgo).
  4. Seguimiento y plan de mejora (enero a marzo de 2019). Allí se revisa el funcionamiento del sistema, realización de inspecciones, seguimiento de las no conformidades al sistema, cumplimiento del plan de auditorias y del plan de capacitación, evaluación de la política y alimentación de los indicadores, entre otros.
  5. Inspección, vigilancia y control (abril de 2019 en adelante). El Ministerio de Trabajo podrá empezar a ejercer su función de inspección, vigilancia y control del SG-SST y lo hará de manera más fuerte a partir del primero de enero del 2020.

Es de destacar que evitar sanciones y multas por entidades del Estado, permitirá demostrar un mejoramiento de la imagen corporativa, competitividad en el mercado, reducción de costos, reflejo de una empresa socialmente responsable que promueve el desarrollo humano sostenible y mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores.

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